Elecciones 2025

¿Todo mal si no voto? Cómo justificar la inasistencia y de cuánto es la multa

Comisarías y destacamentos policiales trabajan emitiendo constancias.

QPJ SOCIEDAD

En Jujuy, al igual que en el resto del país, el voto es obligatorio para los ciudadanos argentinos de entre 18 y 70 años, y voluntario para quienes tienen 16 o 17 años o más de 70. En caso de no poder asistir a las urnas este domingo, es necesario justificar la ausencia para evitar multas o sanciones posteriores.

Durante la jornada electoral, de 8 a 18 horas, las comisarías, subcomisarías, destacamentos y oficinas de la Policía de la Provincia de Jujuy estarán habilitadas para emitir constancias de no emisión de voto. Este trámite puede realizarlo cualquier persona que se encuentre a más de 500 kilómetros de su lugar de votación, o que no pueda sufragar por motivos de salud o causas de fuerza mayor. Para obtener la constancia, se debe presentar el DNI en forma personal.

En caso de no realizar el trámite ese mismo día, los ciudadanos tienen un plazo de 60 días posteriores a la elección para justificar su ausencia ante el Registro de Infractores al Deber de Votar, a través del sitio web de la Cámara Nacional Electoral. Allí deberán cargar la documentación que respalde el motivo, como certificados médicos o comprobantes de viaje.

Si no se justifica el motivo dentro del plazo establecido, la persona quedará registrada como infractora y deberá pagar una multa que, según la Justicia Electoral, puede variar entre 2.000 y 5.000 pesos. Además, quien no justifique su ausencia no podrá desempeñar cargos públicos ni realizar ciertos trámites en organismos estatales durante un año, hasta regularizar su situación.

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