Submarino hundido

Por la tragedia del Ara San Juan, la justicia tomó una decisión

Mar del Plata, Comodoro Py y la provincia de Santa Cruz en el entramado judicial.

QPJ SOCIEDAD

ARA San Juan: Casación resolvió que el juicio contra miembros de la Armada se realice en Santa Cruz.

El proceso buscará establecer las responsabilidades en la cadena de mando de la fuerza. Los jueces rechazaron remitir el expediente a Mar del Plata o a Comodoro Py, como había solicitado alguna de las partes.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal determinó que el juicio oral por el hundimiento del submarino ARA San Juan se llevará a cabo en el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz.

Los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos rechazaron los planteos que buscaban que el juicio se realice en Mar del Plata o en Comodoro Py. Sostuvieron que el hecho ocurrió en alta mar, fuera del límite de las jurisdicciones territoriales, y que "ante la incertidumbre sobre el lugar de comisión del delito" debía mantenerse la intervención del tribunal de origen.

"La ley es nítida al determinar que la competencia territorial por hechos delictivos ocurridos en alta mar es la del juez del primer puerto argentino a que arribe el buque. Pero en este caso, la tragedia radica en que, tristemente, el submarino ARA San Juan no arribó a puerto alguno", explicaron los magistrados.

Los camaristas aseguraron que avanzar con un cambio de sede sería seguir dilatando el proceso. "Es necesario, en todos los casos, pero sobre todo en este que enluta a la Nación entera, dar la más adecuada y pronta respuesta jurisdiccional a los imputados, a las víctimas, a sus familiares y a la sociedad en su conjunto que reclama justicia", explicaron.

Por lo tanto, Casación concluyó: "Mantener la actual competencia se presenta como la alternativa que asegura la mejor, y más pronta, administración de justicia a la luz del principio procesal de economía procesal".

En el banquillo de los acusados estarán el excomandante de la fuerza de submarinos, Claudio Villamide; el excomandante de adiestramiento y alistamiento naval, Luis Enrique López Mazzeo; el ex jefe del Estado Mayor del Comando de la Fuerza de Submarinos, Héctor Alonso; y el ex jefe de departamento de operaciones, Hugo Miguel Correa.

Todos ellos están acusados de incumplimiento de deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de la muerte.

Hasta el momento, son los únicos imputados en el expediente, que aún no determinó responsabilidades políticas del hecho que dejó 44 muertos.

El conflicto por la competencia

En julio de este año, el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz ratificó su competencia para realizar el juicio oral contra miembros de la Armada Argentina por el hundimiento del submarino ARA San Juan, ocurrido en 2017.

Algunas de las partes aseguraron que el juicio se debía realizar en Mar del Plata. "Allí acontecieron gran parte de las causas mediatas del naufragio del submarino y es donde se encuentran muchos de los testigos que serán citados a juicio", afirman.

Dos defensores también solicitaron que el expediente sea remitido a Comodoro Py. Finalmente, se ponderó que el Juzgado Federal de Caleta Olivia era la sede judicial más cercana al lugar donde se produjo la implosión del submarino, motivo por el cual corresponde al Tribunal Oral Federal de Santa Cruz llevar adelante el proceso.

Para fundamentar la decisión, el Tribunal tuvo en cuenta los peritajes que arrojaron que "la implosión habría ocurrido al sur del límite entre las provincias de Chubut y Santa Cruz, por consiguiente, era competente el Juzgado Federal de Caleta Olivia".

Al respecto, los jueces fueron categóricos: "No interesa que la tragedia aconteciera más allá de las 200 millas marinas. El ARA San Juan era un buque de guerra, según la definición del art. 29 de la Convención sobre el Mar".

"Los buques en alta mar están sometidos a la jurisdicción exclusiva del Estado cuyo pabellón enarbolan. Por lo tanto, estaba sometido a la jurisdicción del Juzgado Federal de Caleta Olivia", añadieron los magistrados Mario Reynaldi, Luis Alberto Giménez y Enrique Baronetto.

"No tiene mayor autoridad que las decisiones para navegar del ARA SJ se hayan tomado en CABA o en Mar del Plata. Serían tales decisiones las presuntas violaciones al deber de cuidado. Lo importante es que el resultado habría acontecido en la jurisdicción de competencia de este Tribunal", destacó dicha sentencia, informa TN.

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