Pensiones no contributivas ANSES: quiénes no cobran en agosto 2025 y cómo reclamar
ANSES confirmó que en agosto no cobrarán las PNC quienes no cumplan requisitos o hayan sido excluidos por irregularidades. Conocé cómo verificar tu pago, los pasos para reclamar y el cronograma completo.
En agosto de 2025, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) no acreditará el pago de las pensiones no contributivas (PNC) a aquellas personas que:
No cumplan con los requisitos establecidos por el organismo.
Permanezcan fuera del país más de 90 días consecutivos.
Hayan sido dadas de baja por irregularidades detectadas.
Cómo reclamar el pago de las PNC en agosto 2025
Reunir la documentación necesaria: si el atraso es mayor a 60 días, probablemente esté registrado en el sistema de ANSES. Si es menor a dos meses, descargá y completá el formulario PS 6.5 - Reclamo de Haberes Impagos.
Presentar el formulario en tu banco: debe estar firmado por una autoridad de la sucursal o del Correo Argentino.
Usar la atención virtual de ANSES: ingresá con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social. Seleccioná "Reclamar un beneficio suspendido o un mensual no cobrado (Activación/Repago)".
Cómo verificar si cobrás en agosto 2025
Entrá a Mi ANSES con tu CUIL y clave.
Ingresá en la sección "Mis Cobros".
El sistema te indicará si tenés pagos confirmados o pendientes.
Calendario de pago PNC - Agosto 2025
Documentos terminados en 0 y 1: viernes 8 de agosto
Documentos terminados en 2 y 3: lunes 11 de agosto
Documentos terminados en 4 y 5: martes 12 de agosto
Documentos terminados en 6 y 7: miércoles 13 de agosto
Documentos terminados en 8 y 9: jueves 14 de agosto
Requisitos para acceder a las PNC
Pensión por invalidez
Ser argentino (nativo, naturalizado o extranjero con 10 años de residencia continua).
Menor de 65 años.
No cobrar jubilación ni otra pensión.
Ingresos del grupo familiar que no superen 4 haberes mínimos (en caso de menores).
En algunas provincias se pide informe catastral.
Pensión para madres de 7 hijos
Argentina o naturalizada (mínimo 1 año de residencia) o extranjera con 15 años de residencia en el país.
No cobrar otros beneficios previsionales ni tener ingresos que aseguren el sostén económico.
El cónyuge puede tener jubilación, pero no otra PNC por vejez o invalidez.
Pensión por vejez
Tener 70 años o más.
Naturalizados: 5 años de residencia previa al trámite.
Extranjeros: 40 años de residencia ininterrumpida.
No cobrar otros ingresos previsionales ni estar privado de la libertad.
Solo uno de los cónyuges puede acceder.
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