"Me siento feliz con mis abuelos": el deseo de un norteñito que la Justicia respetó
En Tucumán, se permitió que un adolescente continúe viviendo con sus abuelos maternos, rechazar el pedido de su padre biológico.
La Justicia de Tucumán resolvió que un adolescente de 14 años continúe viviendo con sus abuelos maternos, con quienes reside desde su infancia, luego de un extenso proceso judicial en el que se evaluó su entorno afectivo y su voluntad. La decisión fue tomada por la jueza Mariana Rey Galindo, titular del Juzgado de Familia y Sucesiones del Centro Judicial Monteros.
La magistrada priorizó el bienestar emocional y la estabilidad familiar del menor, quien manifestó su decisión de no mantener contacto con su padre por el momento.
El conflicto judicial comenzó en 2020, cuando el progenitor, identificado como L. S., reclamó el cuidado personal unilateral de su hijo D. A., alegando que la madre y su familia obstaculizaban el vínculo, según indicaron desde Contexto Tucumán. Sin embargo, las investigaciones y audiencias confirmaron que el joven había desarrollado desde pequeño una relación sólida y cotidiana con sus abuelos, quienes asumieron un rol activo en su crianza.
Durante las audiencias celebradas entre 2023 y 2025, el adolescente expresó sentirse "feliz, contenido y protegido" en el hogar de sus abuelos. La jueza destacó la madurez de sus declaraciones y consideró que cualquier cambio en su entorno podría afectar su equilibrio emocional.
En su fallo, Rey Galindo sostuvo que imponer otro esquema de cuidado "desconocería la realidad vital del adolescente". Si bien el sistema promueve el cuidado compartido entre los progenitores, la magistrada remarcó que ese principio "no es absoluto" y debe adaptarse a las trayectorias familiares reales.
El fallo también introdujo el concepto de "acogimiento familiar intergeneracional", reconociendo el papel de los abuelos como cuidadores principales. Esta figura, explicó la jueza, no reemplaza la responsabilidad de los padres, sino que la complementa dentro de un esquema de protección integral.
Respecto del padre biológico, la magistrada no descartó un futuro régimen de comunicación, aunque aclaró que solo podrá concretarse si mejoran las condiciones emocionales del adolescente. "Serán los adultos quienes deberán propiciar esas condiciones para un eventual reencuentro en un contexto seguro y acompañado", indicó.
La jueza valoró además el avance de la madre en su tratamiento de rehabilitación y señaló que mantener al menor en un entorno estable favorece su recuperación. También fijó una cuota alimentaria provisoria del 20% de los ingresos del padre para cubrir las necesidades básicas del joven.
Finalmente, la sentencia reafirma la importancia del interés superior del niño y reconoce jurídicamente la validez de los modelos familiares extendidos, donde la voz del adolescente adquiere un valor decisivo cuando demuestra coherencia, autonomía y arraigo afectivo.



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