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ARCA vigila: el tope de plata que podés transferir de una cuenta a otra en agosto

Desde este mes, estas transferencias podrían ser investigadas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero. ¿Qué documentación hay que tener a mano para evitar sanciones?

QPJ SOCIEDAD

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó los nuevos topes de transferencias, extracciones y saldos en cuentas que regirán desde agosto de 2025. Los montos fueron actualizados de forma automática por IPC (Índice de Precios al Consumidor), de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución General 5512/2024.

¿Cuánto dinero puedo mover sin ser investigado?

Transferencias y acreditaciones en cuentas bancarias

  • Personas físicas: hasta $50.000.000

  • Personas jurídicas: hasta $30.000.000

Extracciones en efectivo

  • Físicas y jurídicas: a partir de $10.000.000 podrían ser observadas

Saldos bancarios mensuales

  • Personas físicas: hasta $50.000.000

  • Personas jurídicas: hasta $30.000.000

Plazos fijos

  • Personas físicas: hasta $100.000.000

  • Personas jurídicas: hasta $30.000.000

Billeteras virtuales (Mercado Pago, Ualá, etc.)

  • Personas físicas: hasta $50.000.000

  • Personas jurídicas: hasta $30.000.000

Tenencias en sociedades de bolsa

  • Personas físicas: hasta $100.000.000

  • Personas jurídicas: hasta $30.000.000

Compras como consumidor final (tarjetas, transferencias, débito, etc.)

  • Personas físicas y jurídicas: hasta $10.000.000

Pagos recibidos

  • Personas físicas: hasta $50.000.000

  • Personas jurídicas: hasta $30.000.000

¿Qué pasa si supero los montos?

Las operaciones que excedan estos valores podrían ser retenidas preventivamente por la entidad financiera, que notificará a ARCA. En ese caso, se solicitará documentación respaldatoria para liberar los fondos.

Documentación que podés presentar:

  • Recibos de sueldo o facturación de monotributistas.

  • Declaraciones juradas presentadas ante la ex AFIP.

  • Contratos de compraventa (autos, inmuebles, bienes).

  • Extractos bancarios que acrediten la habitualidad de los movimientos.

Si no se puede justificar el origen de los fondos, ARCA puede iniciar una auditoría, aplicar sanciones y hasta derivar el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF)

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