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La gran noticia que recibió CFK: mirá qué cosa no le prohibió la Justicia

La ex presidenta fue condenada y ahora irá presa por seis años.

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La condena confirmada por la Corte Suprema contra Cristina Fernández de Kirchner no le impedirá continuar como presidenta del Partido Justicialista (PJ), según sostienen especialistas en derecho constitucional y autoridades del propio partido. Aunque la sentencia incluye la inhabilitación para ejercer cargos públicos, esta medida no alcanza las funciones partidarias, por lo que la exmandataria podrá mantener su rol en la conducción del peronismo.

La aclaración llega en medio de versiones que sugerían una posible salida obligada de Kirchner de la presidencia del PJ tras la ratificación judicial de su condena en la causa "Vialidad". Sin embargo, tanto desde el partido como desde el ámbito jurídico se desestimaron esas interpretaciones.

"La restricción que tiene es para ocupar cargos públicos ejecutivos y legislativos. En lo partidario no la afecta en lo más mínimo", afirmó Teresa García, secretaria general del PJ Nacional y exapoderada de la lista que llevó a Kirchner a liderar el espacio. Además, confirmó que la expresidenta seguirá al frente del partido.

La Carta Orgánica no lo impide

Uno de los puntos clave para entender la situación es que la Carta Orgánica del Partido Justicialista no establece ningún impedimento expreso para que una persona condenada penalmente ejerza la conducción partidaria, salvo que se trate de delitos de lesa humanidad, lo cual no es el caso.

El constitucionalista Andrés Gil Domínguez también respaldó esta visión:

"Para mí, la presidencia del partido no es un cargo público. La prohibición se limita a funciones públicas. Lo relevante es lo que defina el propio partido en su carta orgánica", señaló.

En relación a los rumores sobre una posible exclusión de Kirchner del padrón electoral -que, según algunos trascendidos judiciales, podría dificultar su permanencia en el cargo-, Gil Domínguez explicó que ese trámite solo impide la oficialización de una eventual candidatura, pero no afecta su derecho al voto ni a ejercer funciones partidarias.

Jurisprudencia que respalda la continuidad

La discusión también remite a un fallo clave de la Cámara Federal de Casación Penal en 2022, en el que el juez Gustavo Hornos declaró inconstitucional la interpretación de la ley de partidos políticos que hubiera impedido a personas condenadas ejercer sus derechos electorales, a menos que se trate de delitos gravísimos.

Así, queda despejado el camino para que Cristina Fernández de Kirchner continúe al frente del PJ, mientras se mantiene jurídicamente inhabilitada para ocupar cargos públicos electivos o de gestión. En el plano político, el peronismo deberá ahora definir cómo reorganiza su estrategia y liderazgo, en un contexto en que la figura de la expresidenta sigue generando adhesiones y resistencias por igual.

Comentarios

  • El culiao

    Aguante la única que miedo le tienen

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