Atención

El Gobierno habilitó la compra y tenencia de armas semiautomáticas a civiles: los requisitos

La medida, que deroga la prohibición previa, establece un nuevo régimen de permisos bajo la órbita del Registro Nacional de Armas (RENAR), que ahora depende del Ministerio de Seguridad.

QPJ Política

El Gobierno Nacional, a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, habilitó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional. Para acceder a este armamento, los usuarios deberán cumplir con requisitos deportivos y de seguridad muy específicos.

La nueva normativa permite a los legítimos usuarios y entidades de tiro adquirir y poseer armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon, como:

  • Fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de modelos militares.

  • Con un calibre superior al .22 LR.

Esta reforma reemplaza el decreto de la época de Menem que prohibía a los civiles acceder a este tipo de armamento, salvo contadas excepciones.

Los Requisitos Clave para la Tenencia

El nuevo sistema no es de libre acceso, sino que exige el cumplimiento de condiciones estrictas de control y trazabilidad bajo la fiscalización del RENAR (Registro Nacional de Armas).

Los requisitos más importantes para adquirir y tener fusiles semiautomáticos son:

  1. Antigüedad y Antecedentes: Contar con una antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de uso civil condicional y no poseer antecedentes sancionatorios ni trámites pendientes.

  2. Identificación y Guarda: Acreditar la identificación precisa del arma (tipo, calibre, número de serie, etc.) y tener un Sector de Guarda registrado tipo G2 (un sistema de almacenamiento seguro aprobado).

  3. Justificación Deportiva Obligatoria: Demostrar usos deportivos probados mediante una de estas alternativas:

    • Certificación de entidad de tiro que avale la condición de tirador asiduo.

    • Representación en certámenes nacionales o internacionales.

    • Solicitud de una entidad de tiro que autorice su uso para disciplinas deportivas o fines didácticos.

  4. Trámites: Presentar una declaración jurada que justifique la solicitud, con documentación probatoria y fotografías del arma, y abonar la tasa correspondiente.

El Nuevo Marco Legal y el Rol del RENAR

La resolución también establece una transformación administrativa. La Agencia Nacional de Materiales Controlados pasa a denominarse Registro Nacional de Armas (RENAR). Dicho organismo, queda bajo la órbita exclusiva del Ministerio de Seguridad Nacional. Esta entidad asume la plena responsabilidad de la aplicación, control y fiscalización de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429.

Esta nota habla de:

Comentarios

Tucomentario

Nombre

Más de Politica