Luis Petri defendió el decreto que autoriza a las Fuerzas Armadas a detener civiles
El ministro de Defensa aclaró que el personal militar va a realizar "operaciones de defensa" y "tienen que estar preparados para la contingencia, con armas no letales y todo el armamento correspondiente".
El ministro de Defensa, Luis Petri, defendió este miércoles el decreto que autoriza a las Fuerzas Armadas a realizar detenciones de civiles en la zona de la frontera norte del país. Además, aseveró que ya existe una legislación que permite este accionar comprendida en el artículo 183 del Código Procesal Penal.
"Hay mucho prejuicio ideológico", señaló Petri sobre la medida que habilita al personal militar a detener transitoriamente a individuos que sean sorprendidos cometiendo delitos en flagrancia en dicha área.
Petri señaló que "van a hacer operaciones de defensa y tienen que estar preparados para la contingencia, con armas no letales y todo el armamento correspondiente".
Para el ministro de Defensa, "en el fondo lo que hay es mucho prejuicio ideológico y lo que estamos dando, además de dar la batalla cultural, es la batalla ideológica". En ese sentido, argumentó que la disposición se fundamenta en el artículo 183 del Código Procesal Penal de la Nación que establece la facultad de cualquier ciudadano de detener a una persona que esté cometiendo un delito en el momento de su comisión.
"Pareciera que ese artículo que se aplica a todos los argentinos no debería aplicarse a las FF.AA. Y claro que se tiene que aplicar porque si un integrante de la Fuerza, en cumplimiento de sus funciones, ve a una persona cometiendo un delito en flagrancia, tiene la facultad de detenerlo como lo tiene toda persona", explicó Petri en diálogo con Radio Mitre.
Asimismo, aseguró creer que "es imprescindible utilizar todos los recursos humanos y materiales para defender a los argentinos, particularmente en frontera".
"Hay mucho prejuicio ideológico", señaló Petri sobre la medida que habilita al personal militar a detener transitoriamente a individuos que sean sorprendidos cometiendo delitos en flagrancia.
Ante la mención de la existencia de la Ley de Defensa Nacional y la Ley de Seguridad Interior, las cuales no permiten dichas actuaciones por parte de los militares, Petri respondió cuestionando dicha interpretación: "¿Cómo que no lo permite? ¿Quién dice que no lo permite?"
El ministro aclaró que si bien las Fuerzas Armadas tienen restricciones en cuanto a la realización de operaciones de seguridad interior, su rol fundamental incluye la custodia de los intereses vitales de la nación. "Entre los más importantes, que tiene que ver con la frontera, hablan de la soberanía y la integridad territorial", explicó.
En relación con el equipamiento del personal militar desplegado en la frontera, el ministro detalló que se prevé que cuenten con los elementos necesarios para su protección y para el cumplimiento de sus funciones.
"Nosotros creemos que los miembros de nuestra Fuerza vayan equipadas, capacitadas y con las reglas y normas correspondientes. Equipadas significa que vayan con todo el equipamiento absolutamente necesario para proteger. Esto es con chaleco antibalas, casco, con armas no letales y con bodycam", concluyó el ministro.
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